Saltar al contenido

Comparativa

El pelotazo, en una tabla.

Análisis técnico que desmonta la narrativa del Ayuntamiento con datos, normativa y sentido común. Basado en la Petición Ciudadana de la AVV San José y en los propios documentos del expediente MP25.

Resumen ejecutivo

Qué es la MP25 y por qué la asociación la cuestiona

La Modificación Puntual 25 (MP25) altera el PGOU de 2013 sobre el solar de Calle Quijote 12, justo detrás de las casas históricas de Calle San José.

El Ayuntamiento la presenta como una «ampliación de zona verde para proteger dos pinos». A juicio de la asociación, su efecto real es habilitar una cuarta planta (ático) que el plan vigente no contempla, con una estimación vecinal de más de 2.200 m² de techo adicional, en favor de la mercantil propietaria del solar.

Se tramita como «evaluación ambiental simplificada» en 60 días, mientras la peatonalización prometida en 2013 lleva 13 años sin ejecutarse. La asociación identifica tres cambios sustanciales sobre los que reclama mayor debate público: cesión de 571 m², requalificación del NUH y un ático que entiende contradictorio con la MP21 aprobada 4 meses antes.

MP25 · documentación y coherencia administrativa

Contradicciones documentales que requieren una explicación pública

Tras la aprobación definitiva de la MP25, la asociación ha revisado documentos del expediente, respuestas municipales y otros expedientes urbanísticos. De esa comparación surgen varias diferencias relevantes que, a juicio de la asociación, deben ser aclaradas de forma expresa y documentada.

Efecto pantalla: dos criterios técnicos distintos

Lo que dice el Ayuntamiento

En la MP25 se rechazó la alegación sobre el efecto pantalla señalando, en esencia, que la nueva edificación no comprometía de forma relevante las condiciones de las viviendas de la Calle San José.

Lo que consta en otros documentos

En otro expediente urbanístico municipal, tramitado en fechas próximas, un informe técnico considera que una fachada continua frente a patios traseros puede producir un elevado impacto sobre iluminación, ventilación, soleamiento y amplitud visual.

Lo que puede comprobarse

La asociación considera que la diferencia de criterio debe explicarse técnicamente, atendiendo a distancias, alturas, longitud de fachadas, orientación y condiciones reales de cada ámbito, sin asumir que ambos casos sean necesariamente idénticos.

La comparación literal: MP25 frente a Manzana 17

La comparación es relevante porque en ambos expedientes municipales se valora el impacto de una nueva edificación sobre viviendas preexistentes y sus espacios traseros.

MP25 · contestación municipal

“Se debe recordar que las viviendas de la C/San José no tienen vistas a ninguna parte, los muros traseros son medianeros.”

Estudio de Detalle · Manzana 17

“La ejecución de un edificio en bloque abierto de 4 plantas ajustado a la normativa vigente generaría un elevado impacto en las edificaciones adosadas existentes en la misma manzana recayentes al Carrer del Mercat y a l’Avinguda de Benidorm, alterado sus condiciones actuales de iluminación, ventilación, soleamiento y amplitud visual y espacial, ya que frente a las ventanas recayentes a su patio trasero mancomunado se proyectaría una fachada continua de más de 60 metros de longitud y 12 metros de altura.”

En la MP25, la arquitecta municipal resta relevancia a las traseras de la Calle San José al afirmar que las viviendas «no tienen vistas a ninguna parte» y que los muros traseros son medianeros. En el Estudio de Detalle de la Manzana 17, la misma arquitecta municipal considera, en cambio, que una fachada continua frente a ventanas de un patio trasero puede generar un «elevado impacto» y alterar iluminación, ventilación, soleamiento y amplitud visual y espacial. La asociación no sostiene que ambos ámbitos sean idénticos; sí considera que esta diferencia de criterio debe ser explicada técnicamente, con parámetros objetivos de distancia, altura, orientación, longitud de fachada y condiciones de los patios y viviendas afectadas.

Imagen del informe técnico del Estudio de Detalle de la Manzana 17, con el párrafo relativo al elevado impacto sobre las viviendas adosadas.
Imagen del informe técnico del Estudio de Detalle de la Manzana 17, con el párrafo relativo al elevado impacto sobre las viviendas adosadas.

El ático: justificación formal y explicación interna

Lo que dice el Ayuntamiento

La documentación de la MP25 presenta el ático retranqueado como una compensación de edificabilidad vinculada a la cesión de 571,71 m² de zona verde.

Lo que consta en otros documentos

En una reunión institucional cuya transcripción obra en poder de la asociación, se emplearon expresiones que relacionaban el ático con la compensación del retraso de la operación y con la necesidad de que el promotor obtuviera un beneficio.

Lo que puede comprobarse

La asociación entiende que estas expresiones no sustituyen a la motivación formal del expediente, pero considera legítimo pedir que se aclare si la rentabilidad privada o el riesgo de reclamaciones influyeron en el diseño de la modificación.

Lo que cabe vs lo que se construye

PGOU 2013 · Plan vigente

Ático no permitido
Planta 2
Planta 1
Planta baja

PB+2 · 3 plantas · respeta la trama histórica del s. XVII

MP25 · Lo que se quiere construir

Ático (+2.200 m²)
Planta 2
Planta 1
Planta baja

PB+2+Ático · 4 plantas · muro ciego de 15 m sobre el casco antiguo

Las cifras del cambio urbanístico

+2.200 m²

Áticos no previstos en el PGOU vigente

60 días

Tramitación exprés de la MP25

13 años

Peatonalización pendiente desde 2013

571 m²

Cesión de zona verde como contrapartida

4 meses

Entre la MP21 (que prohibía áticos) y la MP25 (que los concede)

1 planta

Altura extra concedida sobre el plan vigente

Comparativa punto por punto

Tema
PGOU 2013 · Situación legal
Proyecto MP25

Altura edificada

PB+2 · planta baja + 2 alturas (3 plantas). Trama histórica del s. XVII respetada.

PB+2+Ático · planta baja + 2 alturas + ático (4 plantas). Muro ciego de 15 m.

Edificabilidad

Volumen ajustado al entorno protegido del Núcleo Histórico.

+2.200 m² de techo adicional vía áticos no previstos.

Luz y ventilación

Patios de San José con luz natural y ventilación cruzada.

Efecto pantalla. Patios en sombra permanente y sin aire.

Acequia (s. XVI)

Hijuela de Mingot bajo el solar, protegida.

Cimentaciones sin control arqueológico previo.

Áticos

No contemplados en la ordenación vigente del entorno.

+2.200 m² de áticos no previstos, contradiciendo la MP21.

Coherencia normativa

MP21 (mayo 2024) prohibió expresamente áticos en el entorno.

MP25 (sept. 2024) los concede a un único promotor 4 meses después.

Procedimiento

Modificación estructural del PGOU exige evaluación ambiental ordinaria.

Tramitada como «simplificada» (art. 53 TRLOTUP); la asociación cuestiona si era el cauce adecuado.

Trato desigual a vecinos y promotor

A los vecinos del casco antiguo se nos obliga a mantener y restaurar las fachadas bajo amenaza de sanción, mientras el propio Ayuntamiento las maltrata permitiendo el paso constante de autobuses y camiones cuyas vibraciones las agrietan y deterioran.

A juicio de la asociación, al promotor se le adapta el planeamiento de forma singular, eximiéndole de hecho de cargas equiparables a las que sí soporta el vecindario.

Velocidad administrativa

Peatonalización aprobada en 2013, pendiente 13 años.

MP25 tramitada en 60 días con audiencia pública mínima.

Beneficiario

Vecinos, comercio local, casco antiguo, patrimonio.

Según la asociación, la mercantil propietaria del solar resultaría la principal beneficiada.

Cesión

No procede sin actuación urbanística que la justifique.

571 m² de zona verde presentados como mejora; la asociación cuestiona su proporcionalidad respecto al aprovechamiento concedido.

Patrimonio (NUH)

Perímetro del Núcleo Histórico fijado y protegido (BRL).

La asociación entiende que se redelimita el perímetro de modo que el solar queda fuera.

Marco normativo aplicable

PGOU 2013

Plan General vigente. Determina PB+2 en el entorno y ordena la peatonalización del Núcleo Histórico (Ficha NUH).

MP21 / 2024

Modificación Puntual 21 que reafirma la prohibición de áticos en el ámbito. Aprobada 4 meses antes que la MP25.

Art. 21 TRLOTUP

La altura y el perímetro del NUH son determinaciones de ordenación estructural; modificarlas requiere procedimiento ordinario.

Art. 33 TRLOTUP

Obliga a la Administración a ejecutar las determinaciones de sus propios planes (peatonalización pendiente).

Art. 53 TRLOTUP

Vía simplificada usada indebidamente: las modificaciones sustanciales no caben por este cauce.

Art. 109.2 LPACAP

La corrección de errores materiales no permite modificar determinaciones normativas (jurisprudencia STS 3ª, 15/06/2015).

Art. 6.4 Código Civil

Fraude de ley: usar una norma de cobertura para un resultado prohibido. Determinante de nulidad radical (art. 47.1.e LPACAP).

Art. 36 CE

Deber de conservación del patrimonio histórico, vulnerado por la inactividad municipal.

«El balance no es ideológico. Es aritmético. La MP25 entrega más a un actor privado del que pide al conjunto del barrio.»

P.D.

Si has llegado hasta aquí, seguramente también te interese…

— Vecinos de la Calle San José

  1. 01Leer las alegaciones vecinales
  2. 02Conocer la historia de la calle
  3. 03Resolver dudas frecuentes