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Libertad de crítica · cuentas institucionales

Bloqueo de la crítica

La Asociación de Vecinos Calle San José manifiesta que su cuenta y la cuenta personal de su presidente quedaron bloqueadas desde la cuenta institucional de Turismo tras una secuencia de críticas sobre el estado del casco histórico, el tráfico pesado y un informe elaborado por la propia arquitecta municipal.

Cautela jurídica. Las capturas y escritos aportados documentan la secuencia descrita por la asociación y son compatibles con una restricción individual. La web no afirma de antemano quién adoptó la decisión ni que exista una infracción. Lo relevante es esclarecer el motivo, la autoría, la competencia y la regla aplicada.

Qué ocurrió

No hablamos de un simple botón de Instagram

La secuencia comenzó con una publicación institucional de Turismo que mostraba una vivienda del casco histórico. La asociación respondió señalando que el propio Ayuntamiento dispone de un informe técnico que relaciona el paso de vehículos pesados y autobuses con vibraciones, microfisuras y deterioro en las calles San José y Mayor.

Después de esa crítica, según manifiesta la asociación, la publicación dejó de estar disponible desde la cuenta afectada y el perfil institucional pasó a aparecer como no accesible. La asociación comprobó que seguía activo desde otras cuentas.

La asociación manifiesta además que también quedó bloqueada la cuenta personal de su presidente, pese a que esa cuenta no había interactuado previamente con el perfil de Turismo. Esto añade una pregunta distinta: cómo fue identificado ese perfil personal y por qué fue incluido en la restricción.

El problema democrático no consiste en que dos perfiles no puedan ver una cuenta de Instagram. Consiste en determinar si un canal institucional, utilizado para difundir turismo, cultura, actividades y servicios públicos, puede excluir selectivamente a una asociación vecinal o a una persona por mantener una crítica lícita al Ayuntamiento.

Documentación gráfica

La secuencia, en imágenes

Por qué es grave

La crítica al poder no es una anomalía de la democracia

01

Una cuenta institucional no es una cuenta personal

Cuando una Administración utiliza una red social para comunicar turismo, cultura, servicios o decisiones públicas, el canal sigue vinculado a finalidades públicas. No pertenece a quien temporalmente conoce la contraseña.

02

Moderar no es lo mismo que silenciar

Puede existir moderación legítima frente a amenazas, acoso, spam o conductas abusivas. Otra cuestión es excluir a alguien por discrepar, preguntar o denunciar un problema. El motivo concreto del bloqueo es, por tanto, esencial.

03

El efecto disuasorio afecta a todos

Si un ciudadano percibe que criticar a una institución puede llevar a quedar excluido de sus canales, otros pueden optar por callar. Ese efecto empobrece la participación y el control ciudadano.

04

Debe poder explicarse quién, por qué y con qué norma

La asociación pide algo verificable: conocer quién ejecutó la medida, quién la decidió, qué competencia tenía, qué conducta concreta la justificó y qué regla objetiva se aplicó.

Normativa citada · texto literal

Qué dicen exactamente los artículos invocados

Se reproduce el texto literal de los apartados concretos invocados en esta página. La mera existencia de estos preceptos no determina por sí sola que un bloqueo sea ilícito: deben acreditarse los hechos, el motivo de la restricción y la responsabilidad correspondiente.

Herramienta pública

¿Te ha bloqueado una cuenta institucional?

Hemos preparado un modelo público adaptable a cualquier municipio. No parte de que exista una infracción: pide restablecimiento o motivación, identificación de la cadena de decisión, reglas de moderación, preservación de registros y valoración de las garantías constitucionales y de buen gobierno.

P.D.

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— Vecinos de la Calle San José

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  2. 02Leer las alegaciones vecinales
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